Año de la encomienda

2025

Año fin

2026

Presupuesto

El presupuesto máximo total del encargo es de; OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE EUROS CON QUINCE CÉNTIMOS (84.457,15€), contando con carácter plurianual y correspondiendo por la anualidades del 2025 y 2026 las cantidades de SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS (71.788,58€) y DOCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (12.668,57€) respectivamente, no encontrándose sujeto a Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)

El desglose de los costes es el siguiente:

 Aplicación Presupuestaria  Anualidad  Importe
0341.1513.22729 2025 71.788,58€
2026 12.668,57€
TOTAL 84.457.15€

 

Entidad

CABILDO DE TENERIFE, Consejería Insular de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico.
Dirección Insular de Planificación Territorial, Paisaje y Patrimonio Histórico. Servicio Administrativo de Planificación Territorial.

Fechas

Fechas previstas Fechas reales
Inicio 07/08/2025
Final 07/06/2026

El plazo de ejecución de las actividades objeto del presente encargo de carácter plurianual, con una duración de diez (10) meses, computados desde la fecha de notificación de su aprobación, dividido en las siguientes fases: 

a) Fase 1: Delimitación de unidades espaciales: tres (3) meses. No obstante, podrá avanzarse en la fase 2 sobre unidades espaciales ya delimitadas y corroboradas por la dirección del trabajo, antes de haberse culminado completamente esta fase 1.

b) Fase 2: Formación de la BDG alojativa: (capacidad residencial y turística): cinco (5) meses.

C) Fase 3: Revisión y control de calidad: dos (2) meses.

De acuerdo con el plazo de ejecución establecido, según la planificación de trabajos prevista para las distintas fases, no se prevé la posibilidad de prórroga. En el caso de que por causas imputables a la Administración o por causas externas a la empresa el encargo sufriera interrupciones, podrán aprobarse ampliaciones de plazos por un tiempo equivalente a estos retrasos que, en ningún caso, podrá ser superior al del plazo inicial establecido para cada fase.

Enlace y Objeto

OBJETO: el objeto del encargo es la ejecución del servicio de elaboración de la “Base de Datos Geográfica (BDG) de la capacidad alojativa de Tenerife” de acuerdo a la estructura, alcance y contenido establecido en las presentes cláusulas, sin perjuicio de que este contenido se pueda concretar a medida que se planteen casuísticas específicas durante la ejecución de los trabajos, todo ellos según se desprende de las Prescripciones técnicas suscritas por el Servicio Técnico de Planificación Territorial con fecha 29 de julio de 2025.
La BDG vendrá conformada por registros (recintos espaciales) y datos asociados a cada uno de ellos y relativos a la capacidad alojativa. Los registros vendrán definidos por entidades geográficas con homogeneidad suficiente y dimensión razonable para ser las unidades espaciales de agregación de los datos de capacidad. Los datos a elaborar (sistematizados en campos de la BDG) se referirán al número de viviendas, habitantes y plazas turísticas, tanto existentes como potenciales, así como a datos complementarios relevantes para la posterior explotación de la BDG (diferenciación de las viviendas por régimen de uso, de las plazas turísticas por tipología, etc).

Justificación

El Cabildo Insular de Tenerife carece de los recursos técnicos y humanos necesarios para abordar los trabajos descritos, indica expresamente que para llevarlos a cabo son precisos medios personales y materiales especializados de los que este Cabildo Insular carece, añadiendo que la empresa pública GRAFCAN, medio propio de esta Corporación, resulta ser la entidad más apropiada para encargarse de ellos “debido a que la especialización técnica de los trabajos a realizar requiere de medios personales e informáticos de los que no dispone el Cabildo de Tenerife. La indicada empresa pública, además, se configura como el medio propio de las administraciones públicas canarias dedicado precisamente a las tareas de análisis y explotación de datos territoriales, tal como se recoge en el artículo 2 de sus Estatutos”.